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Contrato de arrendamiento: cláusulas clave para proteger su inmueble

Un buen contrato de arrendamiento previene conflictos. Estas son las cláusulas que no deben faltar.

7 min de lectura
Firma de contrato de arrendamiento

El contrato de arrendamiento es mucho más que un formato descargado de internet. Un documento bien redactado, ajustado a la ley, es la mejor herramienta para prevenir conflictos, garantizar el pago del canon y proteger el inmueble. En Colombia, el arrendamiento de vivienda urbana se rige por la Ley 820 de 2003, que fija reglas de obligatorio cumplimiento. Estas son las cláusulas que no deben faltar.

Datos e identificación del negocio

Aunque parezca obvio, muchos conflictos nacen de contratos incompletos. El documento debe identificar con precisión a las partes y el objeto para evitar ambigüedades.

  • Identificación plena de arrendador y arrendatario, con documentos y datos de contacto.
  • Descripción del inmueble, su dirección, matrícula inmobiliaria y estado de entrega.
  • Destinación del inmueble (vivienda, comercio) y número de ocupantes autorizados.
  • Inventario detallado de los bienes que se entregan con el inmueble.

Cláusulas económicas y de duración

El componente económico es el que más litigios genera, por lo que debe quedar claramente definido. La Ley 820 permite reajustar el canon una vez al año, sin superar el porcentaje que la propia ley autoriza (asociado al IPC del año anterior).

  • Valor del canon, fecha y medio de pago, y forma de acreditarlo.
  • Reajuste anual del canon conforme a la Ley 820 de 2003.
  • Término de duración y reglas de prórroga o renovación.
  • Servicios públicos, cuotas de administración y responsable de cada uno.
La ley prohíbe exigir depósitos o cauciones en dinero para garantizar el pago del canon en el arrendamiento de vivienda; lo habitual es pactar codeudores o pólizas.

Garantías, obligaciones y terminación

Para proteger al arrendador, conviene pactar garantías válidas (codeudores solidarios o pólizas de arrendamiento) y detallar las obligaciones de cada parte: mantenimiento, reparaciones locativas y conservación del inmueble. También deben quedar claras las causales de terminación y el procedimiento de restitución.

Terminación y restitución

La ley regula causales y preavisos tanto para el arrendador como para el arrendatario. Si el arrendatario no paga o no entrega el inmueble, el arrendador puede iniciar un proceso de restitución del inmueble arrendado ante el juez civil, con las reglas del Código General del Proceso. Un contrato claro agiliza enormemente ese trámite.

En MACÍAS redactamos y revisamos contratos de arrendamiento para propietarios de Armenia y el Quindío, ajustados a la Ley 820 de 2003. Este contenido es informativo y no sustituye una asesoría; para elaborar su contrato, escríbanos por WhatsApp al 314 333 7336.

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